05674/2020-CR - LEY QUE AUTORIZA EL RETIRO FACULTATIVO TOTAL DE APORTES EN EL SISTEMA PRIVADO DE ADMINISTRACIÓN DE FONDOS DE PENSIONES Y DICTA OTRAS DISPOSICIONES PARA SALVAGUARDAR AL AFILIADO
Publicado el 2 de Julio del 2020 (Última modificación fue el 18 de Noviembre del 2020)- Periodo: 2016-2021
- Legislatura: Primera Legislatura Ordinaria 2020
- Número: 05674/2020-CR
- Iniciativas agrupadas: 04856, 04954, 04992, 05244, 05323, 05376, 06066, 06093, 06172, 06175, 06214, 06231, 06512
- Estado: Publicado El Peruano
Propone autorizar a los afiliados al Sistema Privado de Pensiones, para que de forma voluntaria puedan retirar el 100% (cien por ciento) del total de sus fondos acumulados en su cuenta individual de capitalización cuando no registren aportaciones ni retención por más de 12 meses consecutivos.
Actores #
Proponente #
Congreso
Grupo Parlamentario #
Podemos Perú
Autores #
Luna Morales José Luis; Gupioc Rios Robinson Dociteo; García Rodríguez Jaqueline Cecilia; Cabrera Vega María Teresa; Espinoza Velarde Yeremi Aron; Urresti Elera Daniel Belizario
Opiniones #
Opiniones publicadas #
Seguimiento #
Fecha | Evento |
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2020-07-06 | Decretado a… Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Públicos |
2020-07-06 | En comisión Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Públicos |
2020-08-07 | Dictamen Favorable Sustitutorio Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Públicos Mayoria - En Relatoría 07.08.20 |
2020-10-20 | Ac.Portavoces - acordó la ampliación de Agenda |
2020-10-23 | Texto Sustitutorio - Consensuado de los Presidentes de las Comisiones de Economía y Defensa del Consumiudor, congresistas Novoa C., y Luna M., (Se acumula el Proyecto 5674) |
2020-10-23 | Pleno (en debate) - (sesión virtual) 1/4 intermedio |
2020-11-02 | Nuevo Texto - Sustitutorio del Presidente de la Comisión de Economía, congresista Novoa Cruzado |
2020-11-02 | Pleno (en debate) - (sesión virtual) |
2020-11-02 | Aprobado 1ra. votación |
2020-11-02 | Dispensado 2da Votación - por Acuerdo del Pleno virtual |
2020-11-05 | Autógrafa Sobre Nº: 82 - vence: 26.11.2020 |
2020-11-15 | Promulgado Ley Nº: 31068 |
2020-11-18 | Publicado - Ley Nº 31068 |
Ley Nº: 31068 #
LEY QUE FACULTA EL RETIRO DE LOS FONDOS PRIVADOS DE PENSIONES EN EL CONTEXTO DE LA PANDEMIA COVID-19
value: “Autor\303\255zase de manera extraordinaria a los afiliados al Sistema Privado de Administraci\303\263n de Fondos de Pensiones que, hasta el 31 de octubre de 2020, no cuenten con acreditaci\303\263n de aportes previsionales a la cuenta individual de capitalizaci\303\263n (CIC), por al menos doce (12) meses consecutivos, a retirar de manera facultativa hasta cuatro (4) unidades impositivas tributarias (UIT) del total de sus fondos acumulados en su CIC. La Ley no es aplicable a quienes califiquen para acceder al R\303\251gimen de Jubilaci\303\263n Anticipada por Desempleo.”