05216/2020-CR - LEY DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 9 Y 11 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ PARA GARANTIZAR EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA SALUD
Publicado el 15 de Mayo del 2020 (Última modificación fue el 10 de Febrero del 2021)- Periodo: 2016-2021
- Legislatura: Primera Legislatura Ordinaria 2020
- Número: 05216/2020-CR
- Iniciativas agrupadas: 03466, 04396, 04399, 05017, 05021, 05084, 05164, 05259, 06024, 06094, 06761
- Estado: Publicado El Peruano
Propone modificar en parte los artículos 9 y 11 de la Constitución Política del Perú, a fin de garantizar el derecho fundamental a la salud.
Actores #
Proponente #
Congreso
Grupo Parlamentario #
Frente Amplio por Justicia, Vida y Libertad
Autores #
Bazán Villanueva Lenin Fernando; Montoya Guivin Absalón; Checco Chauca Lenin Abraham; Vásquez Chuquilin Mirtha Esther; Quispe Apaza Yvan; Silva Santisteban Manrique Rocío Yolanda Angélica
Opiniones #
Opiniones publicadas #
Seguimiento #
Fecha | Evento |
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2020-05-16 | Decretado a… Salud y Población |
2020-05-16 | Decretado a… Constitución y Reglamento |
2020-06-02 | En comisión Salud y Población |
2020-06-02 | En comisión Constitución y Reglamento |
2020-12-10 | Dictamen Favorable Sustitutorio Constitución y Reglamento Mayoria - Falta dict. de Salud |
2020-12-12 | Texto Sustitutorio - (Acumulado)del Presidente de la Comisión de Constitución, congresista Chehade M., recaído en el Proy. Ley 4396 y otros |
2020-12-12 | Aprobado 1ra. votación - el texto será objeto de debate y segunda votación en la siguiente legislatura ordinaria |
2021-02-04 | Pleno (en debate) - (sesión virtual) |
2021-02-04 | Aprobado - en Segunda Votación, la reforma constitucional |
2021-02-09 | Promulgado Ley Nº: 31122 |
2021-02-10 | Publicado - Ley Nº 31122 |
Ley Nº: 31122 #
LEY DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE HABILITA EL DOBLE EMPLEO O CARGO PÚBLICO REMUNERADO DEL PERSONAL MÉDICO ESPECIALIZADO O ASISTENCIAL DE SALUD, EN CASOS DE EMERGENCIA SANITARIA
value: “Modificaci\303\263n del art\303\255culo 40 de la Constituci\303\263n Pol\303\255tica del Per\303\272: La ley regula el ingreso a la carrera administrativa, y los derechos, deberes y responsabilidades de los servidores p\303\272blicos. No est\303\241n comprendidos en dicha carrera los funcionarios que desempe\303\261an cargos pol\303\255ticos o de confianza. Ning\303\272n funcionario o servidor p\303\272blico puede desempe\303\261ar m\303\241s de un empleo o cargo p\303\272blico remunerado, con excepci\303\263n de uno m\303\241s por funci\303\263n docente. Por ley, con el voto favorable de m\303\241s de la mitad del n\303\272mero legal de los congresistas, se ampl\303\255a temporalmente la excepci\303\263n del p\303\241rrafo anterior, para el personal m\303\251dico especialista o asistencial de salud, ante una emergencia sanitaria.”