05111/2020-CR - LEY QUE ESTABLECE DE MANERA TEMPORAL Y EXCEPCIONAL EL ADELANTO DE LA EDAD DE JUBILACIÓN A LOS 60 AÑOS, EN EL MARCO DE LA LEY DEL SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES

05111/2020-CR - LEY QUE ESTABLECE DE MANERA TEMPORAL Y EXCEPCIONAL EL ADELANTO DE LA EDAD DE JUBILACIÓN A LOS 60 AÑOS, EN EL MARCO DE LA LEY DEL SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES

Publicado el 5 de Mayo del 2020 (Última modificación fue el 12 de Mayo del 2020)
Presupuesto y Cuenta General de la República, Trabajo y Seguridad Social

  • Periodo: 2016-2021
  • Legislatura: Primera Legislatura Ordinaria 2020
  • Número: 05111/2020-CR
  • Iniciativas agrupadas:
  • Estado: En comisión

Propone establecer el marco legal que autoriza de manera temporal y excepcional el adelanto de la edad de jubilación a los 60 años de edad por única vez,

Actores #

Proponente #

Congreso

Grupo Parlamentario #

Frente Popular Agrícola del Perú

Autores #

Céspedes Cárdenas María Teresa; Rayme Marín Alcides; Gutarra Ramos Robledo Noé; Rubio Gariza Richard; Cayguaray Gambini Luz Milagros; Retamozo Lezama María Cristina

Opiniones #

Opiniones publicadas #

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Publicar opinión #

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Seguimiento #

Fecha Evento
2020-05-11 Decretado a… Trabajo y Seguridad Social
2020-05-11 Decretado a… Presupuesto y Cuenta General de la República
2020-05-12 En comisión Trabajo y Seguridad Social
2020-05-12 En comisión Presupuesto y Cuenta General de la República

Expediente #

Documentos proyecto de ley #

Fecha Documento
2020-05-05 Ley que establece de manera temporal y excepcional el adelanto de la edad de jubilación a los 60 años, en el marco de la Ley del Sistema Privado de Pensiones

Enlaces #