05111/2020-CR - LEY QUE ESTABLECE DE MANERA TEMPORAL Y EXCEPCIONAL EL ADELANTO DE LA EDAD DE JUBILACIÓN A LOS 60 AÑOS, EN EL MARCO DE LA LEY DEL SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES
Publicado el 5 de Mayo del 2020 (Última modificación fue el 12 de Mayo del 2020)- Periodo: 2016-2021
- Legislatura: Primera Legislatura Ordinaria 2020
- Número: 05111/2020-CR
- Iniciativas agrupadas:
- Estado: En comisión
Propone establecer el marco legal que autoriza de manera temporal y excepcional el adelanto de la edad de jubilación a los 60 años de edad por única vez,
Actores #
Proponente #
Congreso
Grupo Parlamentario #
Frente Popular Agrícola del Perú
Autores #
Céspedes Cárdenas María Teresa; Rayme Marín Alcides; Gutarra Ramos Robledo Noé; Rubio Gariza Richard; Cayguaray Gambini Luz Milagros; Retamozo Lezama María Cristina
Opiniones #
Opiniones publicadas #
Publicar opinión #
Seguimiento #
Fecha | Evento |
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2020-05-11 | Decretado a… Trabajo y Seguridad Social |
2020-05-11 | Decretado a… Presupuesto y Cuenta General de la República |
2020-05-12 | En comisión Trabajo y Seguridad Social |
2020-05-12 | En comisión Presupuesto y Cuenta General de la República |
Expediente #
Documentos proyecto de ley #
Fecha | Documento |
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2020-05-05 | Ley que establece de manera temporal y excepcional el adelanto de la edad de jubilación a los 60 años, en el marco de la Ley del Sistema Privado de Pensiones |