03545/2018-CR - LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 568 DEL CÓDIGO PROCESAL CIVIL, A FIN QUE EL JUZGADO PRACTIQUE LA LIQUIDACIÓN DE ALIMENTOS DEVENGADOS A PARTIR DE LA ADMISIÓN DE LA DEMANDA
Publicado el 12 de Octubre del 2018 (Última modificación fue el 5 de Diciembre del 2018)- Periodo: 2016-2021
- Legislatura: Primera Legislatura Ordinaria 2018
- Número: 03545/2018-CR
- Iniciativas agrupadas: 00842, 00843, 01590, 02521, 02522, 02523, 02538, 00255, 02908, 03436, 03317, 03460
- Estado: Dictamen
Propone modificar el artículo 568 del Código Procesal Civil, aprobado mediante Resolución Ministerial 010-93-JUS, a fin que el Juzgado practique la liquidación de alimentos devengados a partir de la admisión de la demanda por el órgano jurisdiccional.
Actores #
Proponente #
Congreso
Grupo Parlamentario #
No Agrupados
Autores #
Ávila Rojas Lucio; Bustos Espinoza Estelita Sonia; Galván Vento Clayton Flavio; Herrera Arévalo Marita; Palma Mendoza José Marvín; Robles Uribe Lizbeth Hilda; Yika García Luis Alberto
Opiniones #
Opiniones publicadas #
Seguimiento #
Fecha | Evento |
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2018-10-16 | Decretado a… Justicia y Derechos Humanos |
2018-10-17 | En comisión Justicia y Derechos Humanos |
2018-12-05 | Dictamen Favorable Sustitutorio Justicia y Derechos Humanos Mayoria |
Expediente #
Documentos resultado #
Fecha | Documento |
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2021-02-22 | Dictamen de la Comisión de la Mujer y Familia respecto al proyecto 842 |
2020-10-21 | Dictamen de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social respecto al proyecto 2554 |
2018-12-05 | Dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos |