02858/2017-CR - LEY QUE PROHIBE EL USO DE TODO TIPO DE BOLSAS DE POLIPROPILENO, POLIETILENO, NO BIODEGRADABLES Y ENVASES DE ESPUMAFLEX EN LAS PLAYAS DE TODO EL LITORAL PERUANO Y ÁREAS DECLARADAS COMO PATRIMONIO NATURAL DE LA HUMANIDAD EN EL PERÚ
Publicado el 15 de Mayo del 2018 (Última modificación fue el 19 de Diciembre del 2018)- Periodo: 2016-2021
- Legislatura: Segunda Legislatura Ordinaria 2017
- Número: 02858/2017-CR
- Iniciativas agrupadas: 02248, 02368, 02417, 02696, 02702, 02805, 02821, 02843, 02852, 02882, 02921, 02956, 02976, 02995, 03014, 03022, 03214, 03230, 03278, 03632, 03689, 03616
- Estado: Publicado El Peruano
Propone establecer la prohibición del uso de todo tipo de bolsas de polipropileno, polietileno, no biodegradables y envases de espumaflex en las playas del litoral peruano y en las áreas que han sido declaradas como Patrimonio Natural de la Humanidad en el Perú, como parte de la reducción del impacto medio ambiental y la conservación de las reservaas de la biosfera del planeta.
Actores #
Proponente #
Congreso
Grupo Parlamentario #
Fuerza Popular
Autores #
Melgarejo Páucar María Cristina; Beteta Rubín Karina Juliza; Andrade Salguero de Álvarez Gladys Griselda; Arimborgo Guerra Tamar; Del Águila Cárdenas Juan Carlos; López Vilela Luis Humberto; Noceda Chiang Paloma Rosa; Yuyes Meza Juan Carlo
Opiniones #
Opiniones publicadas #
Seguimiento #
Fecha | Evento |
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2018-05-15 | Oficio - 762-2017-2018/CPAAAAE-CR del Presidente de la Comisión de Pueblos Andinos, Congresista Arana Zegarra, solicita que el Proy. de Ley 2858/2017-CR sea decretado a la comisión que preside.- DGP para ser vista por el Consejo Directivo |
2018-05-17 | Decretado a… Producción, Micro y Pequeña Empresa y Cooperativas |
2018-05-17 | Decretado a… Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera |
2018-05-18 | En comisión Producción, Micro y Pequeña Empresa y Cooperativas |
2018-05-18 | En comisión Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera |
2018-06-07 | Dictamen Favorable Sustitutorio Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología Mayoria - / falta dictamen de la Comisión de Producción |
2018-08-21 | Ac. Consejo Directivo - acordó denegar el pedido que contiene el Oficio 762-2017-2018/CPAAAAE-CR/ 23.08.18 Of. 221-2018-2019-ADP-CD/CR O.M. a Pdte. Com. P.Andinos comunica que C.Drectivo acordó denegar pedido que pase a comisión que preside |
2018-09-06 | Dictamen Favorable Sustitutorio Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología Mayoria - / falta dictamen de la Comisión de Producción.- En Relatoría 04.12.2018 |
2018-10-29 | Oficio |
2018-11-05 | Oficio - 161-2018-GLE-CR del Congresista Lombardi Elías solicita priorización.- DGP para ser vista por la Junta de Portavoces |
2018-11-06 | Dictamen Favorable Sustitutorio Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera Mayoria |
2018-12-05 | Dispensado de Dictamen Producción, Micro y Pequeña Empresa y Cooperativas - y la ampliación de Agenda por Acuerdo de la Junta de Portavoces |
2018-12-05 | Pleno (en debate) |
2018-12-05 | Nuevo Texto - Sustitutorio de los Presidentes de las Comisiones de Pueblos Andinos y de Descentralización, Congresistas Rozas Beltrán y Domínguez Herrera , respectivamente, presentado en Sala |
2018-12-05 | Aprobado 1ra. votación |
2018-12-05 | Dispensado 2da Votación - por Acuerdo del Pleno |
2018-12-10 | Autógrafa Sobre Nº: 60 - vence: 02.01.2019 (12.12.2018 Decreto Supremo N° 121-2018-PCM declara feriado el día 24.12.2018, vence: 03.01.2019) |
2018-12-18 | Promulgado Ley Nº: 30884 |
2018-12-19 | Publicado - Ley N° 30884/ 13.12.2019 al Archivo (765 folios) |
Ley Nº: 30884 #
LEY QUE REGULA EL PLÁSTICO DE UN SOLO USO Y LOS RECIPIENTES O ENVASES DESCARTABLES
value: “El objeto de la ley es establecer el marco regulatorio sobre el pl\303\241stico de un solo uso, otros pl\303\241sticos no reutilizables y los recipientes o envases descartables de poliestireno expandido (tecnopor) para alimentos y bebidas de consumo humano en el territorio nacional. La finalidad de la ley es contribuir en la concreci\303\263n del derecho que tiene toda persona a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida, reduciendo para ello el impacto adverso del pl\303\241stico de un solo uso, de la basura marina pl\303\241stica, fluvial y lacustre y de otros contaminantes similares, en la salud humana y del ambiente.”