02820/2017-CR - LEY QUE PROPONE COMO REQUISITO PARA TRABAJAR EN EL SECTOR PÚBLICO NO HABER SIDO CONDENADO POR DELITO DE CORRUPCIÓN
Publicado el 9 de Mayo del 2018 (Última modificación fue el 18 de Junio del 2018)- Periodo: 2016-2021
- Legislatura: Segunda Legislatura Ordinaria 2017
- Número: 02820/2017-CR
- Iniciativas agrupadas: 01810, 02712
- Estado: Publicado El Peruano
Propone como requisito para trabajar en el sector público no haber sido condenado por delito de corrupción.
Actores #
Proponente #
Congreso
Grupo Parlamentario #
Fuerza Popular
Autores #
Mantilla Medina Mario Fidel; Tubino Arias Schreiber Carlos Mario Del Carmen; Segura Izquierdo César Antonio; Del Águila Cárdenas Juan Carlos; Pariona Galindo Federico; Dipas Huamán Miky Joaquín
Opiniones #
Opiniones publicadas #
Seguimiento #
Fecha | Evento |
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2018-05-11 | Decretado a… Trabajo y Seguridad Social |
2018-05-11 | Decretado a… Fiscalización y Contraloría |
2018-05-14 | En comisión Trabajo y Seguridad Social |
2018-05-14 | En comisión Fiscalización y Contraloría |
2018-05-17 | Acumulado en Sala - (Texto Sustitutorio) recaído en los Proyectos 1810, 2712, del Pdte. Comis. de Fiscalización, Cong. Reátegui F. |
2018-05-17 | Pleno (en debate) |
2018-05-17 | Aprobado 1ra. votación - un nuevo texto |
2018-05-17 | Dispensado 2da Votación - por Acuerdo del Pleno |
2018-05-22 | Oficio - 1138-2017-2018-ADP-D/CR O.M. al Pdte. Comis. de Trabajo, le comunica que en la sesión del Pleno del 17.05.18 se acumularon los Proyectos 2712/2017-CR y 2820/2017-CR al dictamen del Proyecto 1810/2017-CR |
2018-05-24 | Oficio - CR-MFMM N° 561-DSP-2017-2018 del Congresista Mantilla Medina, solicita desacumular el Proyecto 2820, del texto sustitutorio recaído en el Proy. 181 y otros.- DGP para ser vista por el CD |
2018-05-28 | Autógrafa Sobre Nº: 159 - Vence: 18.06.18 |
2018-06-15 | Promulgado Ley Nº: 30794 |
2018-06-18 | Publicado - Ley N° 30794 |
Ley Nº: 30794 #
LEY QUE ESTABLECE COMO REQUISITO PARA PRESTAR SERVICIOS EN EL SECTOR PÚBLICO, NO TENER CONDENA POR TERRORISMO, APOLOGÍA DEL DELITO DE TERRORISMO Y OTROS DELITOS
value: “Establ\303\251cese como requisito para ingresar o reingresar a prestar servicios en el sector p\303\272blico, que el trabajador no haya sido condenado con sentencia firme, por cualquiera de los siguientes delitos: 1. Delitos previstos en los art\303\255culos 2, 4, 4-A, 5, 6, 6-A, 6-B, 8, y 9 del Decreto Ley 25475, que establecen la penalidad para los delitos de terrorismo y los procedimientos para la investigaci\303\263n, la instrucci\303\263n y el juicio. 2. Apolog\303\255a del delito de terrorismo, tipificado en el art\303\255culo 316-A del C\303\263digo Penal. 3. Trata de personas, tipificado en el art\303\255culo 153 del C\303\263digo Penal. 4. Proxenetismo, tipificado en los art\303\255culos 179, 179-A, 180, 181 y 181-A del C\303\263digo Penal. 5. Violaci\303\263n de la libertad sexual, tipificado en los art\303\255culos 170, 171, 172, 173, 173-A, 174, 175, 176, 176-A y 177 del C\303\263digo Penal. 6. Tr\303\241fico il\303\255cito de drogas, tipificado en los art\303\255culos 296, 296-A, 296-B, 296-C, 297, 298, 301 y 302 del C\303\263digo Penal.”