02046/2017-CR - LEY QUE INCORPORA OBLIGATORIAMENTE A LOS TAXISTAS Y MOTOTAXISTAS AL SEGURO SOCIAL DE SALUD Y AL SISTEMA NACIONAL DE PENSIONES
Publicado el 26 de Octubre del 2017 (Última modificación fue el 2 de Noviembre del 2017)- Periodo: 2016-2021
- Legislatura: Primera Legislatura Ordinaria 2017
- Número: 02046/2017-CR
- Iniciativas agrupadas:
- Estado: En comisión
Propone incorporar obligatoriamente a los trabajadores del servicio de transporte público de taxi y mototaxi y a sus derechohabientes (cónyuge e hijos), al Seguro Social de Salud, en el marco del artículo 3 de la Ley 26790, como asegurados regulares del régimen contributivo del Seguro Social de Salud como trabajadores independientes, incorporados por mandato de una Ley especial y al Sistema Nacional de Pensiones, en el marco del Decreto Ley 19990
Actores #
Proponente #
Congreso
Grupo Parlamentario #
Célula Parlamentaria Aprista
Autores #
Del Castillo Gálvez Jorge Alfonso Alejandro; Velásquez Quesquén Angel Javier; León Romero Luciana Milagros
Opiniones #
Opiniones publicadas #
Publicar opinión #
Seguimiento #
Fecha | Evento |
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2017-10-31 | Decretado a… Trabajo y Seguridad Social |
2017-10-31 | Decretado a… Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera |
2017-11-02 | En comisión Trabajo y Seguridad Social |
2017-11-02 | En comisión Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera |
Expediente #
Documentos proyecto de ley #
Fecha | Documento |
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2017-10-26 | Ley que incorpora obligatoriamente a los taxistas y mototaxista al Seguro Social de Salud y al Sistema Nacional de Pensiones |