00272/2016-CR - REFORMA CONST.2°/EL AGUA COMO DERECHO HUMANO
Publicado el 19 de Setiembre del 2016 (Última modificación fue el 22 de Junio del 2017)- Periodo: 2016-2021
- Legislatura: Primera Legislatura Ordinaria 2016
- Número: 00272/2016-CR
- Iniciativas agrupadas: 00100, 00192, 00262, 00424
- Estado: Publicado El Peruano
Propone incorporar en el artículo 2° de la Constitución Política del Perú, al agua como derecho humano fundamental e irrenunciable.
Actores #
Proponente #
Congreso
Grupo Parlamentario #
Alianza por el Progreso
Autores #
Espinoza Cruz Marisol; Rosas Huaranga Julio Pablo; Donayre Gotzch Edwin Alberto; Montenegro Figueroa Gloria Edelmira; Ríos Ocsa Benicio; Villanueva Arévalo César
Opiniones #
Opiniones publicadas #
Seguimiento #
Fecha | Evento |
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2016-09-22 | Decretado a… Constitución y Reglamento |
2016-09-23 | En comisión Constitución y Reglamento |
2016-11-23 | Dictamen Favorable Sustitutorio Constitución y Reglamento Unanimidad - / en Relatoría 25.11.2016 |
2016-12-01 | Pleno (en debate) |
2016-12-01 | Nuevo Texto - Sustitutorio, Presidente de la Comisión de Constitución, Congresista, Torres Morales, presentado en Sala |
2016-12-01 | Aprobado 1ra. votación - la segunda votación se realizará en la próxima legislatura, por ser Reforma Constitucional |
2017-05-30 | Oficio - 864-2017/MEC-CR de la Congresista Espinoza Cruz solicita tenga a bien poner a debate la segunda votación del Proyecto de Ley 272/2016-CR |
2017-06-08 | Pleno (en debate) |
2017-06-08 | Aprobado - en Segunda Votación |
2017-06-15 | Autógrafa Sobre Nº: 133 - Vence: 10.07.17 |
2017-06-21 | Promulgado Ley Nº: 30588 |
2017-06-22 | Publicado - Ley N ° 30588 |
Ley Nº: 30588 #
LEY DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE RECONOCE EL DERECHO DE ACCESO AL AGUA COMO DERECHO CONSTITUCIONAL
value: “Incorp\303\263rase el art\303\255culo 7\302\272-A de la Constituci\303\263n Pol\303\255tica del Per\303\272, conforme al texto siguiente: ""Art\303\255culo 7\302\272-A.- El Estado reconoce el derecho de toda persona a acceder de forma progresiva y universal al agua potable. El Estado garantiza este derecho priorizando el consumo humano sobre otros usos. El Estado promueve el manejo sostenible del agua, el cual se reconoce como un recurso natural esencial y como tal, constituye un bien p\303\272blico y patrimonio de la Naci\303\263n. Su dominio es inalienable e imprescriptible"".”
Expediente #
Documentos resultado #
Fecha | Documento |
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2017-06-22 | Publicación de la Ley 30588 |
2017-06-15 | Autógrafa de Ley remitida al Poder Ejecutivo |
2017-06-08 | Texto borrador de la Autógrafa de Ley visado por la Presidenta de la Comisión de Constitución y Reglamento |
2017-06-08 | Asistencia y Segunda Votación |
2016-12-01 | Asistencia y Votación |
2016-12-01 | Texto sustitutorio de la Comisión de Constitución y Reglamento |
2016-11-23 | Dictamen de la Comisión de Constitución y Reglamento |