García Oviedo Paul Gabriel

04918/2020-CR - LEY QUE DISPONE LA NO SUSPENSIÓN DE LOS SERVICIOS DE ENERGÍA ELÉCTRICA, GAS NATURAL, AGUA E INTERNET A FAVOR DE LAS PERSONAS QUE POR RAZÓN DE POBREZA NO LE ES POSIBLE CUMPLIR CON EL PAGO DE LOS SERVICIOS EN SITUACIONES DE DECLARATORIA DE EMERGENCIA POR CATÁSTROFE O DE GRAVES CIRCUNSTANCIAS QUE AFECTEN LA VIDA DE LA NACIÓN CONFORME AL NUMERAL 1 DEL ARTÍCULO 137 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ

Publicado el 26 de Marzo del 2020 (Última modificación fue el 6 de Agosto del 2020)
Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera